Renovación de marca: cómo conservar tu derecho exclusivo más allá de los 10 años
Una marca registrada tiene una vigencia inicial de 10 años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Pero puede renovarse indefinidamente, en periodos de 10 años cada vez, siempre y cuando se presente la solicitud correspondiente.
El Artículo 128 de la LFPPI establece que esta solicitud debe presentarse dentro de los seis meses anteriores al vencimiento del registro, o dentro de los seis meses posteriores (con pago de multa).
Perder el plazo de renovación significa perder el derecho exclusivo, lo cual puede poner en riesgo alianzas, ventas, franquicias o posicionamiento de mercado.
En Bucle®, gestionamos todo el calendario legal de tu marca: desde la renovación hasta el seguimiento de plazos críticos, para que nunca pongas en riesgo lo que tanto te costó construir.