Gobierno corporativo y activos intangibles: protocolos para proteger el know-how

Por Mónica Lisette Rayas Ortiz
| Mtra. en Derecho Comercial y de la Empresa
| Consultora de Negocios en Bucle® |
| Especialista en Propiedad Intelectual |
| Psicoanalista individual y de grupos.

Introducción

En un entorno empresarial donde los activos intangibles representan gran parte del valor de las empresas, proteger el know-how se ha convertido en una prioridad estratégica. Hablamos de metodologías, procesos internos, secretos comerciales, experiencia acumulada, relaciones clave, y todo ese conocimiento que permite que una empresa opere, innove y crezca.

Pero ¿cómo se protege algo que no se puede registrar como marca ni patentar como invención? La respuesta está en el gobierno corporativo y en la implementación de protocolos jurídicos internos que garanticen la confidencialidad, permanencia y correcto uso del conocimiento.

¿Qué es el know-how y por qué importa tanto?

El know-how (saber cómo) es conocimiento estratégico no registrado, difícil de replicar, que da una ventaja competitiva a la empresa. Puede tratarse de:

  • Procesos operativos o productivos únicos

  • Bases de datos propias y segmentadas

  • Fórmulas o métodos comerciales

  • Estrategias de ventas o de adquisición de clientes

  • Cultura organizacional y formas de atender al cliente

A diferencia de otros activos protegidos por el sistema de propiedad intelectual (como marcas o patentes), el know-how no tiene un título registral. Se protege a través de medidas contractuales, institucionales y organizativas.

El papel del gobierno corporativo

El gobierno corporativo es el conjunto de reglas, prácticas y procesos mediante los cuales se dirige y controla una empresa. Su rol en la protección de activos intangibles es fundamental, ya que:

  • Establece directrices claras sobre el uso de la información confidencial.

  • Define niveles de acceso y responsabilidad sobre los conocimientos estratégicos.

  • Implementa una cultura de cumplimiento y confidencialidad.

  • Refuerza la permanencia del conocimiento, incluso ante la rotación de personal.

El consejo de administración, los comités internos y los órganos de vigilancia deben contemplar la protección del know-how como una línea estratégica en su operación.

Pactos de socios y confidencialidad

Una de las herramientas más efectivas para blindar el conocimiento interno son los pactos de socios o convenios de accionistas. Estos documentos pueden incluir cláusulas que regulen:

  • El deber de confidencialidad entre socios y empleados clave.

  • La propiedad de los desarrollos o ideas generadas durante la relación con la empresa.

  • La no competencia posterior a la salida de un socio o directivo.

  • Los procedimientos de resolución en caso de fuga de información.

Asimismo, es recomendable tener firmados acuerdos de confidencialidad (NDA) con proveedores, colaboradores externos, aliados comerciales y cualquier persona que tenga acceso a procesos clave.

Protocolo interno: cultura de protección

Además de los instrumentos jurídicos, la empresa debe crear una cultura de protección del conocimiento. Esto implica:

  • Capacitar a todo el equipo sobre lo que se considera confidencial.

  • Identificar qué procesos, documentos o relaciones representan know-how.

  • Clasificar la información según niveles de acceso.

  • Documentar procesos clave y mantener registros controlados.

  • Monitorear accesos, dispositivos y salidas de personal clave.

Esto no solo previene filtraciones, sino que convierte al know-how en un activo sistematizado y transferible, útil para procesos de escalamiento, franquicia o venta de la empresa.

Consideraciones legales en México

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) establece en su Artículo 163 que se consideran secretos industriales aquellos conocimientos que:

  • Tengan aplicación industrial o comercial.

  • Sean mantenidos en confidencialidad por su poseedor.

  • Representen una ventaja competitiva o económica.

El incumplimiento de acuerdos de confidencialidad puede derivar en acciones legales por competencia desleal (Artículos 211 al 213 de la LFPPI), así como en responsabilidad contractual por daños y perjuicios conforme al Código Civil Federal.

Conclusión

El conocimiento interno de una empresa no debe quedar a la deriva. Protegerlo no se trata solo de tener buenos empleados o de confiar en la ética corporativa: se trata de establecer estructuras formales, jurídicas y estratégicas que aseguren que ese saber acumulado no se pierda, no se filtre y no sea aprovechado por terceros.

En bucle®, acompañamos a empresas y equipos directivos a establecer estos protocolos desde el enfoque de la propiedad intelectual, el derecho corporativo y el diseño estratégico. Porque proteger el conocimiento es proteger el alma de tu empresa.

¿Quieres transformar tu know-how en un activo protegido y útil para crecer? Escríbenos a asesorialegal@enbucle.mx o mándanos un mensaje directo por WhatsApp al 333 809 7036.

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